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España fue un referente mundial en el desarrollo de algunas tecnologías renovables, especialmente la eólica, la fotovoltaica (FV) y la solar termoeléctrica de alta temperatura (CSP). La apuesta del gobierno se plasmó en buenas condiciones para las renovables, articuladas principalmente mediante un régimen económico subvencionado -llamado “régimen especial”- que concedía una retribución muy atractiva a la energía generada. Por tanto, el promotor de una instalación renovable no debía preocuparse por la venta de la energía generada por su parque, ya que una vez concedido el derecho a recibir la tarifa regulada -y subvencionada-, el precio de venta estaba asegurado.

Pero ese sistema desapareció en enero de 2012 y las nuevas instalaciones de renovables que quieran construirse desde entonces deben buscar un sistema que garantice sus ingresos. Obviamente, un generador siempre podría vender su energía al mercado mayorista -también llamado “pool” eléctrico-, pero el precio que recibirá por su energía es incierto porque estará sujeto a los altibajos propios del mercado. Un PPA aparece como una buena opción ante esta situación.

Un PPA es, al fin y al cabo, un contrato bilateral, que siempre ha existido en España. La novedad es que los PPAs para renovables se cerrarán para un periodo de tiempo largo, quizá diez años o más, mientras los contratos bilaterales se firmaban por periodos de tiempo muy inferiores. Y el hecho de que el PPA se firme por un periodo largo es clave, porque confiere al inversor la seguridad de que los ingresos llegarán y permitirán cubrir los costes de inversión y operación, además de retribuir a los inversores.

Pero es que, además, esta seguridad para el largo plazo también da confianza al banco de que se podrán atender sin problema los pagos del servicio de la deuda. Las grandes inversiones -digamos que por encima de 10 o 20 millones de euros- suelen financiarse mediante “Project Finance”, préstamos al proyecto -y no a la empresa- sin recurso contra el prestatario. Es decir, el banco no podrá reclamar el pago de la deuda al promotor que pidió el préstamo, sino que deberá contentarse con los flujos de caja que genere el propio proyecto. Por eso, para conceder tal financiación, el banco debe tener una seguridad alta de que el proyecto generará suficientes ingresos. Es lo que se llama ser “bancable”. Por eso, que se consiga firmar un PPA en buenas condiciones es, a menudo, la clave para que el parque se construya o no.

Pero es que este momento es bueno en España porque con la potencia renovable existente no llegaremos a los mínimos exigidos por la Comisión Europea de generación de origen renovable -recordemos que es el 20% en 2020-. Así que es necesario construir nuevos parques de generación renovable. Por eso, el Gobierno organizó dos subastas en 2017 para 8.000 MW de potencia renovable, que deberían estar construidos y generando a final de 2019.

Esto supone un gran cambio en la historia de la generación eléctrica en España, y los PPAs están llamados a ser una pieza importante en este puzzle. Los promotores de nuevos parques de renovables aprovecharán esta oportunidad. Las comercializadoras también lo harán -y ya se están moviendo muy activamente-. Y los grandes consumidores -digamos que por encima de 10 GWh de consumo anual- bien pueden aprovechar también esta oportunidad para asegurarse el aprovisionamiento de electricidad renovable a precios claramente inferiores al pool, bien negociando directamente con el generador, o bien mediante una comercializadora. La partida no ha hecho más que comenzar.

En el webinar del 4 de abril nuestros expertos analizaron por qué estamos en un momento propicio para la proliferación de los PPAs y cuáles son los precios orientativos del mercado. Si quieres ver el vídeo del webinar haz clic aquí.

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