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  • El IDAE publica una modificación en la ayuda para proyectos de mejora de la eficiencia energética para PYMES y grandes empresas del sector industrial.
  • Los beneficiarios de dichas ayudas podrán solicitar anticipos para la realización de estos proyectos. 
  • Ayudas para la eficiencia energética en el sector industrial

    En mayo de este año 2017, el IDAE puso en marcha la segunda convocatoria de ayudas para actuaciones de reducción de las emisiones de dióxido de carbono mediante la mejora de la eficiencia energética para PYMEs y grandes empresas del sector industrial. Este programa abría una excelente oportunidad para las empresas del sector industrial a llevar a cabo proyectos:Las ayudas de este programa pueden ser cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible 2014-2020.

    Modificación de la ayuda

    Con objeto de agilizar el cumplimiento de los objetivos de gasto certificable al FEDER, el IDAE acaba de publicar una modificación de dicha ayuda consistente en hacer posible la concesión de anticipos a los beneficiarios de dicho programa de ayudas. En el Boletín Oficial del Estado del día 19 de septiembre aparece, por tanto, la modificación de las bases de reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en Pyme y gran empresa del sector industrial. En esta modificación se añade una nueva Base Duodécima bis, «Anticipos», con la siguiente redacción: «Duodécima bis. Anticipos. El IDAE, en caso de disponer de dotación presupuestaria al efecto, podrá establecer mediante resolución de su Dirección General que será publicada en la página web del Instituto, la posibilidad de dotar anticipos a los beneficiarios que así lo soliciten, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones: a) Dichos anticipos sean objeto de una garantía otorgada por un banco u otra entidad financiera que esté establecida en España, o bien de una línea de crédito que ofrezcan como garantía cualquier organismo o Administración pública española. b) Dichos anticipos no superen el 40% del importe total de la ayuda que se vaya a conceder al beneficiario; c) Dichos anticipos se destinen exclusivamente a cubrir gastos del proyecto objeto de subvención y justificarse en el plazo de un año desde su desembolso por parte del IDAE. La resolución del Director General del IDAE que articule la posibilidad de obtención de anticipos, establecerá las normas de solicitud y justificación correspondientes.» Esta modificación tendrá efecto a mártir de mañana 20 de septiembre. Modificación de las bases de la primera convocatoria Modificación de las bases de la segunda convocatoria

    ¿Quién y cuándo podía solicitar la ayuda?

    Estas ayudas, englobadas dentro del Plan Nacional de Eficiencia Energética (2014-2020), podían solicitarlo pequeñas y grandes empresas cuyo código CNAE 2009 se encontrara entre el grupo 07 y el 33 (exceptuando aquellas con código 19), o para actuaciones sean realizadas por Empresas de Servicios Energéticos ESCO. Todas las reservas y solicitudes de ayuda se realizan a través de la sede electrónica del IDAE mediante la firma electrónica del representante desde el 24 de mayo hasta transcurrido 1 año natural desde la fecha de publicación de dicha convocatoria, siempre y cuando no se agote el presupuesto disponible. BANNER_WEB (1)]]>

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