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El mes de agosto se cerró con la publicación en el BOCM de las bases del esperado Plan Moves II en la Comunidad de Madrid. Desde el 20 de agosto se pueden solicitar las ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas (actuación 1) y, desde el 22 de agosto, las ayudas para la implantación de infraestructura de carga de vehículos eléctricos (actuación 2).

El plazo de solicitud se extiende hasta 12 meses después de la publicación de las ayudas en el BOCM, o hasta que se agoten los fondos. Las solicitudes son atendidas por orden de presentación.

La Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, que gestiona las subvenciones para vehículos y puntos de carga, ha habilitado una web específica para este Programa MOVES II desde donde se podrá obtener más información y acceder a la aplicación de tramitación: https://moves2madrid.com/. Los fondos disponibles para ambas líneas de actuación se van actualizando. Para la compra de vehículos apenas quedan fondos ya, pero aún están disponibles unos 4 millones de euros para la implantación de infraestructura de carga de vehículos eléctricos.

Ayudas para la instalación de puntos de carga para vehículos eléctricos

Las empresas privadas pueden beneficiarse de las ayudas para la implantación de infraestructura de carga de vehículos eléctricos para dar servicio a su propia flota, o para dar servicio a sus trabajadores y clientes. 
La cuantía de la ayuda será del 30% del coste subvencionable para empresas. La cuantía máxima de las ayudas es de 100.000 euros por destinatario último y convocatoria.

Se consideran como costes subvencionables: 

  • el proyecto, la obra civil y los costes de ingeniería y dirección de obra del cableado y su instalación desde el cuadro eléctrico final del que deriva el circuito hasta el punto de conexión donde se conecta el vehículo para su recarga, este último también subvencionable;
  •  el sistema de pago integrado en la estación de recarga, la señalización de las estaciones de recarga y el sistema de gestión, control y seguridad.

No se considera subvencionable la instalación de contadores inteligentes.
Los sistemas de recarga que subvenciona el Plan Moves II son:

  • Sistema de recarga vinculado: potencia inferior a 7 kW.
  • Sistema de recarga convencional: potencia igual o superior a 7 kW, e inferior a 15 kW.
  • Sistema de carga semirrápida: potencia igual o superior a 15 kW e inferior a 40 kW.
  • Sistema de carga rápida: potencia igual o superior a 40 kW e inferior a 100 kW.
  • Sistema de carga ultra rápida: potencia igual o superior a 100 kW.

Las solicitudes de las ayudas para la instalación de puntos de carga se tramitan a través de una empresa instaladora adherida al programa MOVES II como es el caso de CREARA.
Para más información acerca de la documentación a presentar y trámites, puedes escribirnos a info(arroba)creara.es
Ademas, te recomendamos que solicites una copia de nuestra guía «Movilidad eléctrica en la empresa«.

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