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  • Ya conocemos el plazo de presentación de toda la documentación para solicitar la nueva convocatoria de ayudas para empresas electrointensivas : del 18 de julio al 14 de agosto (ambos inclusive).
  • Las empresas que pretenden solicitar las ayudas por primera vez, deben deben solicitar al ministerio la certificación como empresa electrointensiva como requisito previo, por lo que conviene ir haciendo los trámites ya.
  • También se ha publicado la Orden que regula las ayudas para empresas gasintensivas, aunque debemos esperar su publicación en el BOE para conocer los plazos de solicitud.

Ayudas para consumidores electrointensivos

El pasado sábado se publicó el «Extracto de la Orden de 7 de julio de 2023, por la que se convoca en 2023 la concesión de las subvenciones dispuestas en el Título III del Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos, correspondientes a cargos soportados durante el año 2022 por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares.

En el extracto ya se establece el plazo para la presentación de toda la documentación: del 18 de julio al 14 de agosto (ambos inclusive). La orden por la que se convoca la concesión de las subvenciones aún no está publicada en BOE. Informaremos puntualmente en cuanto esto suceda.

Las empresas que pretenden solicitar las ayudas por primera vez, deben deben solicitar al ministerio la certificación como empresa electrointensiva como requisito previo, por lo que conviene ir haciendo los trámites lo antes posible.

Como os venimos anunciando, el nuevo real decreto amplía los sectores susceptibles de ser considerados como electrointenisvos y rebaja algunos requerimientos, por lo que este año más empresas podrán verse beneficiadas de las ayudas.

Ayudas para gasintensivos

Por otro lado, ayer se publicó en el BOE la Orden ICT/744/2023, de 7 de julio, por la que se regulan las bases de la línea de ayudas para la compensación de los costes adicionales debidos al aumento excepcional de los precios del gas natural.

Nos mantenemos pendientes de la publicación de la convocatoria de ayudas en la que se establecerá el plazo de solicitud.


¿En qué puede ayudar CREARA para conseguir las ayudas para electrointensivas?

Entre otros servicios a consumidores electrointensivos

  • Elaboramos las memorias que anualmente los consumidores electrointensivos deben presentar para solicitar concesión de las subvenciones dispuestas en el Título III del Estatuto de los consumidores electrointensivos, correspondientes a cargos soportados en la factura de electricidad.
  • Diseñamos e implantamos Sistemas de Gestión de la Energía de acuerdo a la Norma ISO 50001.
  • Elaboramos los reportes que periódicamente los consumidores electrointensivos deben enviar al Ministerio.

En el caso de las ayudas a gasintensivas, podemos ayudar a hacer la memoria y el reporte necesarios para los trámites de solicitud.

Si quieres solucionar dudas o  ampliar información escríbenos o llámanos: info@creara.es / 910 611 587

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