Certificados de Ahorro Energético (CAES)

Como sujeto delegado, ayudamos a las empresas a convertir sus inversiones en eficiencia energética en ingresos a través del Sistema de CAES.

¿Qué son los certificados de ahorro energético?

Los Certificados de Ahorro Energético (CAEs) son documentos electrónicos que se generan a partir de los ahorros anuales en el consumo energético obtenidos por las medidas de eficiencia energética implantadas por consumidores (fundamentalmente empresas industriales). 

Quedan regulados por el RD 36/23, así como por las órdenes TED 815/23 y TED 845/23, que completan el marco regulatorio del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAEs) en España. 

¿Para qué sirven los certificados de ahorro energético?

Sirven para complementar las aportaciones financieras que tienen que hacer los Sujetos Obligados al Fondo Nacional de Eficiencia Energética y cumplir con parte de sus obligaciones de ahorro energético establecidas en el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE de eficiencia energética. 

En el Real Decreto 36/2023 se ofrece una alternativa a los Sujetos Obligados del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética para que, en lugar de contribuir al Fondo Nacional de Eficiencia Energética mediante aportaciones económicas, puedan hacerlo mediante la presentación de CAEs. 

Los Sujetos Obligados hasta ahora contribuían trimestralmente al Fondo Nacional de Eficiencia Energética mediante aportaciones dinerarias marcadas por el Gobierno. Desde el tercer trimestre de 2023 lo podrán hacer, alternativamente, mediante la presentación de CAEs. 

¿Quiénes son los Sujetos Obligados?

Las empresas comercializadoras de gas y electricidad, los operadores de productos petrolíferos al por mayor y los operadores de gases licuados del petróleo a por mayor son los sujetos obligados.  

¿En qué consiste el sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAEs)?

Los Sujetos Obligados comprarán a los consumidores los ahorros obtenidos a través de la implantación de medidas de eficiencia energética estandarizadas, recogidas en la  Orden TED/845/2023, de 18 de julio. De este modo, ofrecerán al consumidor un ingreso extra que ayuda a mejorar la rentabilidad y anticipar el retorno de la inversión en medidas de eficiencia energética. 

Mientras la Orden TED 815/23 se centra en definir los requisitos, procedimientos y actuaciones de cada uno de los sujetos participantes en el sistema CAE para garantizar su correcta implantación y funcionalidad, la Orden TED 845/23 aprueba la versión inicial del catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética del Sistema de Certificados de Ahorro Energético, recogiendo 52 fichas estandarizadas. 

¿Cuáles son las principales ventajas del Sistema de Certificados de Ahorro Energético?

Por un lado, permitirá a las empresas consumidoras recaudar ingresos que compensen parcialmente sus inversiones en eficiencia energética.

Por otro, permitirá a las comercializadoras de electricidad y productos petrolíferos contribuir al Fondo Nacional de Eficiencia Energética a un coste más competitivo. 

¿Quiénes son los Sujetos Delegados en el Sistema de Certificados de Ahorro Energético?

Dado que los CAEs surgen de inversiones realizadas en actuaciones de eficiencia energética, la normativa ha reconocido el papel que pueden jugar empresas como CREARA, expertas en identificar, medir e implantar soluciones de eficiencia energética en empresas. 

Por ello, la normativa recoge la figura del Sujeto Delegado, como la empresa que pueda obtener CAEs para Sujetos Obligados, dada su cercanía con los consumidores que implantan actuaciones de eficiencia energética y su conocimiento del mercado de la eficiencia energética. 

Se espera, pues, que los Sujetos Delegados contribuyan a dinamizar el mercado de CAEs, intermediando entre empresas que implantan medidas de ahorro y los Sujetos Obligados, y poniendo en el mercado un mayor volumen de CAEs del que se generaría sin su participación activa. 

Para ser Sujeto Delegado hay que cumplir una serie de condiciones legales, técnicas y económico-financieras. Sólo aquellas empresas con niveles altos de solvencia podrán acreditarse como Sujetos Delegados y participar así en el Sistema. 

Creara, en fase de registro como Sujeto Delegado

Como Sujeto Delegado, desde CREARA podremos ayudar a las empresas a convertir las inversiones en medidas de eficiencia energética en ingresos.
Contamos con casi 20 años de experiencia en el sector de la eficiencia energética en España. En este tiempo, hemos trabajado con cientos de empresas de múltiples sectores de la economía española, ayudándolas a medir sus consumos de energía, identificar oportunidades de eficiencia energética, diseñar sistemas de gestión de la energía, calcular ahorros e implantar medidas.  

CREARA cumple los criterios técnicos, legales y económico-financieros marcados por la Orden TED 815/23 para acreditarse como Sujeto Delegado. 

¿Quieres saber más?

Deja aquí tus datos para solicitar información

    Quiero suscribirme a la newsletter.