Skip to main content

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado, a través de la Circular 3/2020, un peaje especial para puntos de recarga de vehículos eléctricos. Hasta la fecha, hemos leído pocos análisis críticos que hayan ahondado en el fondo de esta medida, y especialmente, que se hayan cuestionado su verdadera utilidad para el desarrollo del vehículo eléctrico.

La circular de la CNMC introduce dos peajes para aquellos puntos de suministro que se dediquen en exclusividad a la recarga de vehículos eléctricos, y que sean de acceso público.

El modelo de asignación que acompaña la Circular compara los costes del Peaje 3.0 TD con los del Peaje equivalente exclusivo para vehículo eléctrico. Para calcular el coste de los peajes, utiliza un punto de recarga hipotético de 50 kW. Los resultados vienen reflejados en los gráficos siguientes:

El Peaje 3.0 TD provoca que, ante bajas tasas de uso del punto de recarga, los costes fijos hagan muy difícil su rentabilidad. El peaje 3.0 TDVE corrige este problema, aunque por otro lado, aumenta la recaudación respecto al peaje convencional si la tasa de uso del punto de recarga supera el 20% de las horas del año.

Es importante resaltar que el peaje que introduce la CNMC es opcional, y por tanto un operador podría renunciar a él una vez el punto de recarga genere la suficiente demanda, y volver al peaje normal.

Principales salvedades a tener en cuenta:

  • El impacto de los peajes de vehículo eléctrico de la CNMC sólo aplica a los puntos de recarga de acceso público: la llegada del vehículo eléctrico implica un cambio de paradigma en lo relativo a su “repostaje”: ya no dependemos de un surtidor ubicado en una gasolinera, sino que podemos “llenar” el depósito de energía tan sólo teniendo acceso a un enchufe.
    • La consecuencia de este nuevo paradigma es que sólo el 5% de las ocasiones los usuarios de coche eléctrico recargamos nuestro vehículo en un punto de carga público, ya que en el día a día utilizamos nuestro enchufe o wallbox de cabecera (en casa o en el trabajo), igual que hacemos con nuestro móvil u ordenador.
  • La introducción de puntos de carga rápida públicos sí tiene sentido para favorecer los viajes de larga distancia, especialmente hasta que los fabricantes puedan ofrecer, a precios competitivos, vehículos eléctricos con baterías de gran capacidad. Dichos puntos de carga van a tener un bajo nivel de uso, y un peaje que traslada la mayor parte del coste de las redes al término de energía (parte variable) permitirá que dichos puntos sean rentables con pocas cargas.

Por ello, pensamos que esta medida va a tener un impacto limitado en la promoción del vehículo eléctrico, mientras que, como afirma la propia CNMC en la memoria que acompaña a la Circular, las medidas fiscales o las ayudas concretas (Plan MOVES) tendrán mucha mayor relevancia.

¿Quieres saber más?

Deja aquí tus datos para solicitar información

    Quiero suscribirme a la newsletter.